¿Quiénes somos?

Está aquí: 

De acuerdo a lo establecido en la Ley Municipal No.176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, se establece:

El ayuntamiento de La Vega es una entidad política administrativa básica del Estado dominicano, que se encuentra asentada en el municipio de La Vega Rep. Dom. Como tal es una persona jurídica descentralizada, que goza de autonomía política, fiscal, administrativa y funcional, gestora de los intereses propios de la colectividad local, con patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que fueren necesarios y útiles para garantizar el desarrollo sostenible de sus habitantes y el cumplimiento de sus fines en la forma y con las condiciones que la constitución y las leyes lo determinen.

Misión, Visión y Valores

Misión:

Somos un gobierno local que mejora la calidad de vida de los munícipes a través de servicios de calidad, de la optimización de los recursos, del desarrollo constante y ordenado del municipio y el compromiso medioambiental, cimentados en el fortalecimiento institucional y la participación ciudadana.

Visión:

Ser una institución referente de municipalidad por la calidad  y transparencia de sus servicios, el apego a las leyes y el compromiso medioambiental, impulsando las oportunidades de desarrollo y calidad de vida de los ciudadanos.

Valores:

  • Transparencia
  • Institucionalidad
  • Comunicación
  • Innovación
  • Eficiencia
  • Compromiso Ambiental
  • Vocación de Servicio.

Potestades del Ayuntamiento del municipio de La Vega

Al Ayuntamiento de La Vega le corresponden las siguientes potestades:

  1. Normativa y de auto-organización.
  2. Tributaria y financiera.
  3. De programación y planificación.
  4. Sancionadora y de ejecución forzosa.
  5. De revisión de oficio a sus acuerdos, decisiones y resoluciones.
  6. Expropiatoria y de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes.

Competencias del Ayuntamiento del Municipio de La Vega

El ayuntamiento del Municipio de La Vega, para la gestión de sus intereses ejercerá, las competencias propias, coordinadas y/o concurrentes atribuidas por la Constitución de la Rep. Dom., la ley 176-07 y las leyes sectoriales para satisfacer las necesidades y aspiraciones de sus respectivas comunidades y lograr su mayor bienestar, prosperidad y desarrollo. Las mismas se ejecutarán conforme a los principios de descentralización, subsidiariedad, coordinación, concurrencia, desconcentración, democracia local, participación, concertación, solidaridad social y equidad de género.

Entre estas competencias tenemos:

  • Ordenamiento del tránsito de vehículos y personas en las vías urbanas y rurales.
  • Normar y gestionar el espacio público, tanto urbano como rural.
  • Prevención, extinción de incendios y financiación de las estaciones de bomberos.
  • Ordenamiento del territorio, planeamiento urbano, gestión del suelo, ejecución y disciplina urbanística.
  • Normar y gestionar el mantenimiento y uso de las áreas verdes, parques y jardines.
  • Normar y gestionar la protección de la higiene y salubridad pública para garantizar el saneamiento ambiental.
  • Construcción de infraestructuras y equipamientos urbanos, pavimentación de las vías públicas urbanas, construcción y mantenimiento de caminos rurales, construcción y conservación de aceras, contenes y caminos vecinales.
  • Preservación del patrimonio histórico y cultural del municipio.
  • Construcción y gestión de mataderos, mercados y ferias.
  • Construcción y gestión de cementerios y servicios funerarios.
  • Instalación del alumbrado público.
  • Limpieza vial.
  • Servicios de limpieza y ornato público, recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos.
  • Ordenar y reglamentar el transporte público urbano.
  • Promoción, fomento y desarrollo económico local.